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Diputado Berger solicita trato preferente para la tercera edad y personas con discapacidad

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Un trato preferente para la tercera edad y las personas con discapacidad demandó hoy el diputado RN Bernardo Berger en la Cámara Baja, esto en el marco de la discusión del proyecto que modifica la Ley n° 20.584, a fin de crear el derecho a la atención preferente.

Actualmente a nivel nacional no existe norma legal ni reglamentaria que establezca obligaciones en esta materia, ni para adultos mayores ni para personas en situación de discapacidad. Si bien existen planes de atención preferente para la obtención de ciertos beneficios estos no se extienden a la práctica misma que consiste en, por ejemplo, obtener una hora médica.

El parlamentario detalló que “ante la inexistencia de un estatuto jurídico diferenciado para los adultos mayores en Chile, no hay otra alternativa que proceder a modificar los distintos cuerpos de leyes para poder ir dándole los espacios que se merecen en nuestra sociedad. Es una situación que no muy diferente merecen, naturalmente, las personas en estado de discapacidad, tal como lo indica esta iniciativa”.

Agregó que “queda claro que la atención preferente que se pretende otorgar dice relación con trámites o gestiones primarias, como lo son obtención de número para solicitud de día y hora de atención, solicitud de medicamentos, obtención de recetas médicas, obtención de número para retiro de medicamentos en la farmacia, entre otros”.

Sin embargo, Berger añadió que “en lo que dice relación con la asignación prioritaria para la consulta final de salud, hay que tener en cuenta que el Minsal, por normativa, tiene un orden prioritario de atención que dice relación con el estado de gravedad de la persona, y eso se constata a través de preguntas y control de los signos vitales y se clasifica al paciente en 5 categorías de diferente gravedad para determinar el orden de atención, sea ésta de urgencia o ambulatoria…”

Por ello, a juicio del legislador, habría que analizar en detalle el que no se vulnere dicha norma, ya que una persona en estado de gravedad extrema debería ser atendida en forma rápida, sin que ello haga caer en una ilegalidad al equipo médico.

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